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Alberto Fernández apeló su procesamiento en la causa Seguros

Alberto Fernández apeló su procesamiento en la causa Seguros, donde se investigan irregularidades en los contratos de seguros en dependencias públicas durante su mandato. El procesamiento...

Alberto Fernández apeló su procesamiento en la causa Seguros

Alberto Fernández apeló su procesamiento en la causa Seguros, donde se investigan irregularidades en los contratos de seguros en dependencias públicas durante su mandato. El procesamiento...

Alberto Fernández apeló su procesamiento en la causa Seguros, donde se investigan irregularidades en los contratos de seguros en dependencias públicas durante su mandato.

El procesamiento, ordenado el viernes por el juez Sebastián Casanello, se realizó sobre “una base a una plataforma fáctica y jurídica por la cual no fue indagado”, planteó su abogada defensora, Mariana Barbitta, en el recurso que interpuso hoy ante el juzgado, por el cual pide que se dicte la falta de mérito.

En el texto, la abogada afirma que el juez Casanello le imputa “conductas novedosas” a su defendido. Enlista, entre otras, el hecho de haber creado el cargo donde se desempeñó María Cantero -la pareja de Héctor Martinez Sosa, uno de los brokers más favorecidos por las comisiones-; no haber informado un potencial conflicto de intereses; o “haber construido una oficina que pasó a ser asiento de un grupo empresarial del cual él mismo había ‘participado’”.

“El agravio es extremadamente claro, jamás se le imputó en el llamado a indagatoria, ni en las audiencias, este abanico de acciones y omisiones”, se quejó la letrada.

Barbitta sostuvo también que el primer llamado a indagatoria, ordenado por el juez Julián Ercolini −que precedió a Casanello en el juzgado donde tramita el caso− se realizó sobre una base fáctica “genérica” y “poco clara”, además de que todavía está pendiente de resolución en la Corte la recusación contra el juez, basada en una presunta enemistad que Ercolini niega y rechazada en todas las instancias previas.

“No es viable de ninguna manera procesar al Sr. Fernández en base a la investigación hecha por un Magistrado recusado, porque se viola de manera clara el principio de imparcialidad”, señaló la abogada.

Además, relativizó el expediente por tener su origen en una nota periodística. “Es grave institucional y democráticamente imputar y procesar a un ex Presidente de la Nación en base a una investigación periodística que es denunciada por la oposición política”, aseguró. “Se advierte que ‘detrás’ de la imputación y procesamiento del ex Presidente Sr. Fernández, no hay una investigación seria, amplia y objetiva, sino un señalamiento y una persecución infundada”, completó.

También se refirió al mensaje que Fernández envió a Cantero en respuesta a la preocupación que mostraba su secretaria por el hecho de que “La Cámpora” se encontraba “armando broker en Cancillería”, una de las dependencias más codiciadas. “Ya me ocupo”, le contestó Fernández.

Barbitta recordó que durante su indagatoria el expresidente explicó que lo que hizo fue consultar al entonces canciller Santiago Cafiero si había algún problema con los seguros en su cartera. Sostuvo que cualquier otra “interpretación” se podría haber descartado llamándolo a declarar, “lo cual fue solicitado por el Sr. Fernández en más de tres oportunidades, y omitido tanto por el Dr. Ercolini como por el Dr. Casanello”, dijo Barbitta.

En el transcurso de la investigación, a raíz de un informe de la Procelac, se conocieron viejos lazos comerciales entre Martínez Sosa y Fernández que estrecharon aún más el vínculo entre ambos.

“Esta relación de intercambios de servicios o préstamos que hubo entre ambos −contrapuso la letrada− se desarrolló en un período temporal en el que mi defendido no se desempeñaba en el ámbito de la función pública”.

El juez Casanello procesó a Fernández por el delito de “negociaciones incompatibles con la función pública", que castiga con una pena de hasta seis años.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/alberto-fernandez-apelo-su-procesamiento-en-la-causa-seguros-nid15072025/

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