En medio de acusaciones cruzadas, la licitación de la Hidrovía entra en horas decisivas
La batalla legal por las condiciones de la licitación de la concesión de la Hidrovía dominó la previa de la apertura del primer sobre de ofertas. Si los plazos se cumplen, a las 13:00 se conoce...
La batalla legal por las condiciones de la licitación de la concesión de la Hidrovía dominó la previa de la apertura del primer sobre de ofertas. Si los plazos se cumplen, a las 13:00 se conocerá quiénes competirán para quedarse con la compulsa. El Gobierno defiende las características del pliego y se sostiene en los argumentos que utilizó la justicia administrativa para rechazar dos cautelares que pedían suspender el proceso. Por otro lado, el posterior dictamen de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) observó “elementos suficientes para advertir serias irregularidades”.
La empresa belga Jan de Nul, actual operador, ganó la única licitación por la concesión de la Hidrovía lanzada en 1993. Luego obtuvo prórrogas; la última fue en 2010. Uno de sus socios en el consorcio del que formaba parte, Gabriel Romero, dueño de Emepa, admitió en la Causa Cuadernos haber pagado coimas por US$600.000 para la extensión de dicho contrato, que expiró en 2021. A partir de allí, el Estado se hizo cargo de la concesión de la vía navegable. La gestión de Alberto Fernández intentó lanzar una compulsa que fue desestimada por un dictamen de la PIA, similar al actual, en el que también había detectado “presuntas irregularidades”. Desde entonces, la Administración General de Puertos (AGP) manejó el precio del peaje y, para las obras de mantención de “la autopista de los barcos”, contrató a Jan de Nul y Emepa.
En un documento que publicó en el Boletín Oficial, el Gobierno afirmó que el señalamiento de presunto direccionamiento “carece de objetividad y constituye, un intento malintencionado de deslegitimar un proceso transparente”. Los representantes de la compañía belga manifestaron una postura similar. Sin embargo, otras compañías interesadas en la concesión de la Hidrovía, como DEME, Rohde Nielsen y la china CCCC, presentaron planteos que cuestionaron la integridad de la compulsa. Además, actores políticos, como la Coalición Cívica, también activaron la vía judicial. De hecho, uno de sus escritos motivó la intervención de la PIA.
El dictamen del organismo que depende del Ministerio Público Fiscal puntualizó observaciones sobre la composición de la Comisión Evaluadora, el plazo de presentación de ofertas, restricciones para habilitar posibles concursantes y un canon que el ganador de la compulsa debería pagar para que el Gobierno cancele una deuda con Jan de Nul, contraída entre 2023 y 2024, y que se calcula en más de US$78 millones.
Entre los contrapuntos más relevantes está la comisión evaluadora. “Esta Procuraduría no observa en el expediente documentación respaldatoria que acredite fehacientemente la idoneidad”, sostuvo el dictamen de la PIA sobre sus integrantes, quienes deben decidir el ganador de la compulsa. Incluso, el organismo judicial recordó que uno de sus integrantes había firmado un informe técnico en 2021, correspondiente a la compulsa frustrada de la gestión anterior, “en el que analizó las ofertas desde el punto de vista técnico, concluyendo que la única oferta que cumplía con los requisitos técnicos era Compañía Sudamericana de Dragados S.A”. Ese es el nombre de la filial de Jan de Nul.
En contraposición, el documento del Gobierno describe que “la Comisión Evaluadora constituye una sugerencia, recomendación, asesoramiento y no reviste el carácter de vinculante, otorgándole la facultad a la autoridad que dicte el acto -mediante sus fundamentos- de apartarse de lo recomendado”.
El dictamen también cuestionó algunas restricciones del pliego, que dejó afuera la posibilidad de que varias compañías se unan para presentar una misma oferta, según el artículo 16. Esto se suma a las críticas que había recibido el punto 8, ya que excluye a empresas controladas “directa o indirectamente por Estados soberanos”, como el caso de China Communications Construction Group Co. (CCCC).
Esta última compañía presentó una cautelar en la que reclamó por ese inciso que la excluye. Obtuvo una respuesta negativa de parte de la Justicia, en consonancia con lo esgrimido por fuentes oficiales. “Nada impide a los socios privados de CCCC participar por sí o asociados a otras empresas que no posean capital ni financiamiento estatal. Asimismo, podrán conformar una sociedad sin capital público al sólo efecto de participar como oferentes en el procedimiento licitatorio en cuestión”, indicó el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°6.
Otro punto sensible que abordó la PIA es el canon de US$78.878.596 que deberá pagar el ganador de la compulsa a AGP “en concepto de regularización de deuda pendiente con los acreedores actuales de la Vía Navegable Troncal”. Es decir, un pasivo del Estado con Jan de Nul y Emepa. Sobre esto, el dictamen determinó que “no consta en actuaciones” que exista esa deuda y por ese monto.
En el Boletín Oficial, el Gobierno escribió que “carece de relevancia el hecho de que exista una deuda entre la Agencia Nacional de Puertos y Navegación y sus proveedores”. Además, agregó que dicho canon podría perjudicar a Jan de Nul, dado que consideró que “la actual contratista, en caso de presentarse y resultar adjudicada, estaría en los hechos viéndose perjudicada por no poder cobrar una deuda que tiene a su favor”.
Plazo para presentar ofertasA su vez, el organismo del Ministerio Público Fiscal no omitió mencionar el plazo para presentar ofertas, cuya extensión o negativa de prórroga habría generado una “confianza vulnerada”. El pliego se publicó el 20 de noviembre y la fecha de apertura de sobres con las ofertas originalmente iba a ser el 29 de enero, pero se corrió al 12 de febrero, después de pedidos empresariales. Entonces, quedó un período de 95 días. En 1993, cuando se lanzó la única licitación exitosa de concesión de la Hidrovía, dicha ventana otorgó más de 200 días, según documentos oficiales.
Pese a eso, el Gobierno defendió los plazos y esgrimió que “no debe perderse de vista que todos los interesados tienen acceso a la información desde hace años, ya que todo es completamente público debido a que la obra existe desde hace tiempo”, y añadió: “No es necesario disponer de tantos días, ya que la oferta se basará en una realidad que es ampliamente conocida por todos los actores del sector”.
La inclusión del factor antecedentes para valorar ofertas también provocó cuestionamientos. “Se valorarán los antecedentes del representante técnico propuesto, con experiencia en ese cargo en cualquier obra de dragado de mejora y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos diez años en la Argentina”, contiene el pliego. Esta no es una condición excluyente para presentar ofertas, pero el misterio de cuánto peso tendrá sobre el puntaje otorgado a cada competidor generó diferencias. Pese a eso, en el Gobierno lo ven como un “valor agregado” y le restaron importancia.
El último punto de la polémica está vinculado al método de evaluación de las ofertas que será utilizado para seleccionar al ganador. Según se explica en los artículos 29, 30 y 31 del pliego, se creó una fórmula polinómica compuesta en mayor proporción por el precio de la tarifa que los concursantes decidan cobrarles a los barcos de la Hidrovía y, en menor proporción, por el puntaje por sus antecedentes económicos y técnicos, y su plan de trabajo de obras. La gran duda es cómo ponderará el hecho de tener experiencia en la Argentina. Además, si bien tiene mayor influencia, la ecuación para definir al ganador puede entregarle la concesión a alguien que no necesariamente haya presentado la oferta de peaje más barata.
En ese sentido, el Ejecutivo explicó que dentro de la fórmula polinómica diseñada para escoger al ganador, “el 60% del precio representa la oferta económica y el 40% del puntaje final técnico representa los aspectos técnicos de la oferta, lo cual acredita la relevancia otorgada al aspecto económico”.