En qué basó Pichetto su polémica propuesta para que el Congreso anule la condena a Cristina Kirchner
El diputado Miguel Ángel Pichetto fundó su controvertida propuesta para que el Congreso anule la condena de la expresidenta Cristina Kirchner en la causa Vialidad en una supuesta facultad del Pod...
El diputado Miguel Ángel Pichetto fundó su controvertida propuesta para que el Congreso anule la condena de la expresidenta Cristina Kirchner en la causa Vialidad en una supuesta facultad del Poder Legislativo para intervenir sobre la Justicia ante situaciones de clara “gravedad institucional”.
El planteo, sin asidero ni antecedentes jurídicos, según explicaron a LA NACION especialistas en derecho constitucional, formó parte de su exposición de la semana pasada ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
“Es una exploración que todavía no se ha desarrollado -dijo el diputado- y sé que es un argumento que va a levantar la polvareda porque entro a jugar con el principio de división de poderes. Pero creo que son atribuciones inherentes del Congreso frente a temas de gravedad institucional y de nulidades evidentes y notorias”
Pichetto, que ensaya gestos de acercamiento al kirchnerismo y promueve la creación de un espacio de “centro nacional”, argumentó que el Congreso posee facultades “inherentes”, no escritas, que le permitirían anular una sentencia firme del máximo tribunal ante un supuesto caso de “gravedad institucional”.
Buscó sostener esa idea con advertencias generales sobre lo inconveniente que es para la democracia que un exjefe de Estado se encuentre condenado, pero también señalando presuntas irregularidades en el desarrollo específico de la causa Vialidad
Repartió críticas para la Cámara de Casación, la Corte Suprema e incluso para la exprocuradora del kirchnerismo, Alejandra Gils Carbó, que autorizó el traslado a Comodoro Py de Diego Luciani, el fiscal que años después intervino en el juicio de Vialidad.
También sostuvo que las cinco vocalías previstas para la Corte debieron haber estado ocupadas cuando el tribunal dejó firme la condena a seis años de prisión contra la expresidenta. Afirmó, además, que sus actuales integrantes debieron apartarse al momento de resolver porque el peronismo había impulsado contra ellos un juicio político.
Según su visión, esas y otras supuestas “irregularidades” configuran un caso de “gravedad institucional”. Para fundamentarlo, invocó una doctrina que, dijo, la Justicia inauguró con el caso “Jorge Antonio”, vinculado con los bienes decomisados a un empresario cercano a Perón tras el golpe de 1955.
Pero el antecedente no reconoce al Congreso ninguna facultad para anular sentencias. La Corte utilizó la figura para admitir un recurso contra una resolución que no era definitiva.
Pichetto dijo, además, que su planteo tenía como punto de partida la “presunción de inocencia” de la expresidenta, pese a que la condena quedó fue dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 2, confirmada por la Cámara de Casación y convalidada por la Corte Suprema.
Aseguró, sin embargo, que el Congreso posee la potestad de intervenir, declarar nula la sentencia y hacer valer el “equilibrio de poderes”.
“Ante tantas irregularidades y un tribunal incompleto, el Congreso no puede quedarse de brazos cruzados. Tenemos la facultad de intervenir ante semejante gravedad institucional para declarar la nulidad de un fallo viciado y hacer valer el equilibrio de poderes”, afirmó.
Como ejemplo actual y “aplicable”, mencionó la intervención del Congreso brasileño sobre el régimen de penas que podría alcanzar al expresidente Jair Bolsonaro.
“El principio de que el Congreso puede llegar a analizar, como lo que está haciendo el Congreso brasileño, la aplicación de una pena totalmente absurda que le aplicaron al expresidente Bolsonaro, independientemente de las ideologías”, dijo.
Pichetto se refirió a la denominada ley de dosimetría, sancionada en diciembre pasado por el Congreso brasileño, que modificó retroactivamente las reglas de cálculo y ejecución de las penas y podría reducir el castigo impuesto a Bolsonaro.
La norma no absolvió al expresidente brasileño ni anuló su condena, como propone Pichetto respecto de Cristina Kirchner. Modificó con alcance general el régimen penal aplicable a los delitos vinculados con la tentativa de golpe de Estado.
La ley, posteriormente vetada por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva, impide en determinados casos acumular las penas por los delitos de abolición violenta del Estado democrático de derecho y golpe de Estado.
“La propuesta del diputado Pichetto no tiene ningún asidero jurídico”, sostuvo el constitucionalista Pablo Manili, consultado por LA NACION.
“El Congreso de ninguna manera tiene competencia para anular un fallo judicial. Los fallos judiciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación solamente pueden ser dejados sin efecto como consecuencia de una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en caso de que se haya tramitado primero una denuncia ante la Comisión y luego un juicio ante la Corte Interamericana”, amplió el experto.
Una de las primeras reacciones del arco político contra la propuesta de Pichetto provino de la Coalición Cívica. “En la CC respetamos la división de poderes y no vamos a acompañar ningún proyecto para revertir el fallo contra Cristina Kirchner”, dijo Mónica Frade en Radio Zónica. “Si la expresidenta considera que hubo irregularidades, tiene otros ámbitos para plantear el tema. Nosotros respetamos la división de poderes”, sumó.