La regla del Uscis sobre el asilo y permiso de trabajo en EE.UU. que vence el 24 de abril
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (...
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) cierran este 24 de abril el plazo para que el público envíe comentarios sobre la “Reforma de la Autorización de Empleo para Solicitantes de Asilo”. Dicha normativa propone mayores restricciones para los aplicantes de asilo que deseen solicitar un premiso de trabajo (EAD).
Punto por punto: en qué consiste la regla del Uscis y el DHS que afecta a los solicitantes de asiloDe acuerdo con un documento presentado por el DHS, la reforma prevé extender el período que un solicitante de asilo debe esperar para obtener un EAD. De aprobarse, la espera pasaría de 180 a 365 días.
De igual modo, Uscis podría suspender de manera temporal la aceptación de nuevas solicitudes de permisos de trabajo si el tiempo promedio de procesamiento de las solicitudes de asilo supera los 180 días. Esta pausa inicial podría durar muchos años.
Con este panorama, estimaciones del Proyecto de Apoyo a Solicitantes de Asilo (ASAP, por sus siglas en inglés), advierten de mayores retrasos en el sistema actual. “Podrían pasar hasta 173 años antes de que se vuelvan a aceptar solicitudes de EAD iniciales si se aplica este umbral”, aseguran.
Cuáles serían los nuevos requisitos de elegibilidad para obtener un permiso de trabajoOtras de las medidas que forman parte del programa incluyen cambios en los requisitos para solicitar un EAD. Las principales normativas incluyen:
Entrada ilegal: se propone declarar “inelegibles” para un permiso de trabajo a aquellas personas que hayan entrado o intentado ingresar a EE.UU. de forma ilegal a partir de la fecha de entrada en vigor del programa. Plazo anual: se prevé excluir a quienes presentes asilo después de haber estado más de un año en el país, al menos que un juez haga una excepción legal. Antescedentes penales: se ampliarían las prohibiciones por motivos criminales como delitos graves.Asimismo, a una persona se le podría revocar un EAD de manera automática después que un oficial de asilo o un juez de inmigración deniegue la solicitud de asilo.
Cómo enviar comentarios al DHS antes del 24 de abrilLos usuarios pueden dejar comentarios sobre la reforma hasta la medianoche del 24 de abril. Estas opiniones deben enviarse por escrito o en un archivo PDF de la siguiente manera:
Buscar el Portal Federal de Reglamentación Electrónica.Introducir en el motor de búsqueda el código “USCIS-2025-0370”. Hacer click en el botón “Comentario” y completar el documento o adjuntar el archivo PDF.