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Un régimen penal juvenil para la opinión pública

El jueves 12 la Cámara de Diputados dio media sanción al ...

Un régimen penal juvenil para la opinión pública

El jueves 12 la Cámara de Diputados dio media sanción al ...

El jueves 12 la Cámara de Diputados dio media sanción al nuevo régimen penal juvenil. Dos narrativas se disputan la explicación sobre lo sucedido. La primera, la de los impulsores del proyecto, es que la política ha “saldado una deuda histórica” con la sociedad, que en porcentajes abrumadores inundaba las encuestas con respuestas afirmativas a la pregunta de si bajar la edad de imputabilidad a 13 o 14 años. La segunda, proveniente del progresismo, achaca a los representantes haber sucumbido ante la ira de una turba punitivista e irreflexiva.

Ambas narrativas comparten una premisa discutible: que los diputados se hayan limitado a hincarse ante la opinión pública. Las encuestas, con un 60, 70, 80% de respuestas a favor de bajar la edad, pueden parecer terminantes. Sin embargo, el tránsito de una encuesta a una política pública no es lineal: una ardua tarea interpretativa separa las dos o tres respuestas binarias que pueden obtenerse de una encuesta y la complejidad de una política pública que debe enfrentar los dilemas del mundo real. La opinión pública es genérica y abstracta; la redacción de una ley, en cambio, exige definiciones, especificaciones, detalles. Sobre estas decisiones, entonces, deberemos juzgar al Congreso.

Hagamos el ejercicio de tomar las encuestas por lo que dicen que valen: una enorme mayoría de los encuestados cree que a los 13 o 14 uno entiende la criminalidad de ciertos actos y puede recibir un reproche estatal al respecto. No sabemos por qué hechos, con qué garantías, ni con qué penas, y hasta donde sé no ha habido un esfuerzo serio por entenderlo. Es difícil, entonces, guiarse por estas encuestas al momento de diseñar un sistema concreto.

Nos queda, entonces, lo que han dicho los miembros del Gobierno que se han erigido en voceros de este reclamo. Sus figuras más visibles han militado este proyecto con un eslógan sin mucho sentido: Delito de adulto, pena de adulto (¿cuáles serían los “delitos de niño”?). Cuando buscan explicarlo, sin embargo, siempre lo ejemplifican con los mismos delitos: homicidio y robo con armas. Una asesora presidencial lo dijo con todas las letras: “Se aplica a delitos graves. No estamos hablando de una simple travesura, sino de delitos graves como robo a mano armada, violaciones, asesinatos… Delitos que del otro lado tienen una víctima real que merece justicia”. Evidentemente, de lo que se trata aquí es de castigar delitos gravísimos.

Otros aspectos del discurso oficialista dan más pistas sobre el tipo de ley que, en su concepción, debería sancionarse. Por ejemplo, ha sido muy frecuente la apelación a unirse a otros países de la región, que han fijado su edad de punibilidad en 12, 13 o 14 años. Además, la mayoría de los diputados oficialistas han enfatizado la necesidad de “resocializar” a los adolescentes que han cometido delitos, permitiéndoles salir de su situación y encontrar un lugar legítimo en la sociedad.

Si estas motivaciones son sinceras, sin embargo, el proyecto votado no las honra. La Cámara Baja ha sido víctima de una dinámica política patológica, conocida como polarización de grupos: cuando un grupo ha adoptado una decisión, se premia a quienes impulsen ir en esa dirección y se castiga a los que planteen prevenciones o matices. El Senado tiene una oportunidad de mejorarlo; no para acercarlo a lo que piden sus detractores sino, precisamente, para hacerlo más parecido a lo que ellos mismos dicen defender.

En primer lugar, ¿por qué no limitar la pena de prisión a los delitos más graves? Alcanza con imaginar las infracciones al Código Penal que podría cometer cualquier adolescente de cualquier estrato social para darnos cuenta de que su aplicación automática sería ilógica: un graffiti podría ser delito de daños; truchar consumiciones en un boliche, delito de estafa; lastimar a alguien en una pelea en un boliche, lesiones graves, y así. Es difícil asumir que una mayoría cree que la pena de prisión para estos casos sea una respuesta racional o proporcionada.

Sin embargo, el proyecto actual mantiene la pena de prisión para todos los delitos del Código Penal. Es cierto que se prevén algunas salvaguardas para que los adolescentes puedan evitar la prisión, por ejemplo, si es su primera imputación, pero está siempre como amenaza incluso para los delitos más leves. El proyecto prevé, también, que los fiscales puedan optar por no perseguir ciertos delitos (el llamado “principio de oportunidad”), pero, inexplicablemente, lo hacen de tal modo que es más severo con los adolescentes que con los propios adultos. El Senado fácilmente podría corregir estos aspectos. Si es necesario, podría invocar incluso justificaciones presupuestarias o pragmáticas: un proyecto que prevé castigar todos los delitos, incluso los más leves, no solamente es más irracional, también es más lento y caro.

En segundo lugar, si es necesario acercar la legislación argentina a la de los países vecinos, podrían imitarse otros aspectos tanto o más importantes que la edad de imputabilidad. El proyecto, por ejemplo, mantiene las escalas de pena de los adultos, con un límite superior de 15 años de prisión. Esta asimetría es paradójica: se reduce, de hecho, la pena de los delitos más graves, mientras la de los más leves se mantiene igual. En contraste, los países que suelen mencionarse como modelo no solo tienen máximos más bajos (tres años en el caso de Brasil, cinco o diez en Chile y Uruguay, ocho en Colombia), sino que también reducen proporcionalmente la pena junto con la edad. El Senado podría proponer imitar a nuestros vecinos también en esto.

Finalmente, si la vocación de la mayoría es lograr la resocialización de los adolescentes que han cometido delitos, la clave estará en la partida presupuestaria (hoy insuficiente) que permita la implementación del proyecto, especialmente por parte de las provincias con la deseable asistencia del Estado Nacional. Sin embargo, hay una modificación que puede incluirse fácilmente: prohibir que los adolescentes conserven un registro de antecedentes penales, que lo obligaría a dar explicaciones a cualquier empleador futuro cuando realmente esa posibilidad de resocialización exista.

Se trata de reformas concretas, poco ambiciosas y fácilmente justificables para legisladores de cualquier partido político. Se trata también, uno puede permitirse creer, de normas que serían apoyadas por una mayoría de la sociedad si existiera un debate público robusto al respecto, y no simplemente una lectura temerosa de las encuestas.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/un-regimen-penal-juvenil-para-la-opinion-publica-nid19022026/

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